La
monarquía absoluta

Tal
como lo dice su nombre, la monarquía absoluta es un tipo de gobierno
o de organización política en la cual la persona que tiene el poder
lo concentra todo en su persona, de manera absoluta, negando espacio
para otras instituciones independientes o para la división de
poderes, características básica de la democracia. La monarquía
absoluta es un modo de asegurar que el poder no se dividirá entre
varios estados, esferas o poderes y de ese modo asegurar que la
persona a cargo del poder será la única responsable de tomar las
decisiones. Si bien siempre han existido diversas formas de este tipo
de gobierno incluso hasta la actualidad, el período de mayor
desarrollo de esta forma de gobierno en Occidente fue desde la
segunda mitad del siglo XVII y todo el siglo XVIII especialmente en
Francia con Luis XIV y sus sucesores.
La monarquía
absoluta establece que solo el monarca de turno es el único capaz de
tomar decisiones y gobernar la región en cuestión. Para asegurar
que esto sea respetado, la monarquía absoluta solía utilizar la
noción de derecho divino, la cual supone que el rey recibe el poder
del mismísimo Dios y no del pueblo. Esto significa que no hay nadie
que pueda cuestionar su poder ya que él se erige por sobre el resto
de los habitantes y además es el rey el único representante de Dios
en la Tierra. Especialmente esta idea sería la que empezaría a
entrar en crisis con los nuevos planteos filosóficos del siglo XVIII
conocidos como la Ilustración que terminaron llevando a Francia a la
famosa Revolución Francesa.
El
monarca es el jefe del Estado y del gobierno. Recibe su investidura
por vía hereditaria y la detenta vitaliciamente. Por consiguiente,
es la sucesión hereditaria, regida por sus propias normas, el título
para el ejercicio del mando político.
Para
la monarquía absoluta no hay posibilidad de que exista otro poder
que no sea el del rey. Así, también se niega la idea de división
de poderes porque se considera que los mismos pueden convertirse en
un obstáculo para aquel que gobierna. En este régimen político, la
>soberanía residía en la persona del monarca,
llamado por antonomasia ”el soberano”, quien ostentaba la
totalidad del poder y determinaba los destinos nacionales.
Es
cierto que había un ordenamiento jurídico —el ordenamiento
monárquico— pero éste era producido por el monarca, que
siempre podía eximirse de la obligación de acatarlo. El monarca
estaba situado por encima de la ley y era dueño de una voluntad
omnímoda y de un poder absoluto. El rey sí puede contar con
ministros, ayudantes y funcionarios a su cargo que realizan y
ejecutan sus decisiones y medidas pero estos nunca tienen un rol
predominante sino solamente de consulta o ayuda.
En
el régimen de la monarquía absoluta europea la actividad económica
de la sociedad estaba totalmente reglamentada. Tarifas aduaneras
rigurosas y regulaciones navieras obstaculizaban el comercio
exterior. Todo el quehacer económico de la sociedad estaba
estratificado. Eran los tiempos de la escuela
económica mercantilista. Lo cual provocó la reacción
de la naciente burguesía comercial y financiera que, afanosa de
libertad de trabajo y bajo la consigna del laissez
faire, impulsó la transformación de 1789 en Francia.
La
república parlamentaria

En
esta forma gubernativa, de origen europeo, el presidente de la
República es el jefe del Estado pero no el jefe del gobierno, que es
una función confiada al primer ministro. Sus funciones son
esencialmente representativas. Los poderes políticos y
administrativos competen al primer ministro y al gabinete, quienes
son responsables ante el parlamento y sin cuya confianza no pueden
gobernar. El primer ministro dirige la política general del
gabinete.
Desde
esta perspectiva, la república es parlamentaria:
a)
si el jefe del Estado, que también ostenta el título
de presidente, está desvinculado de la
administración pública y participa en ella sólo indirectamente a
través del nombramiento del primer ministro y del gabinete;
b)
si son éstos los órganos superiores de la administración;
c)
si el gabinete es un órgano previsto constitucionalmente y posee
atribuciones específicas;
d)
si el parlamento, a más de las funciones propiamente legislativas,
tiene ciertas atribuciones políticas, judiciales y administrativas;
y
e)
si la permanencia de los ministros de Estado depende de la confianza
de la mayoría parlamentaria.
Los
poderes inherentes a la Función Ejecutiva están repartidos entre el
presidente de la República, el primer ministro y el gabinete. Esto
acentúa ostensiblemente las competencias del parlamento, que a más
de las propiamente legislativas tiene las de condicionar la
integración del gabinete, aprobar su plan de gobierno, forzar la
dimisión de los ministros y controlar la marcha de la
administración.
El
centro de gravedad político está en el parlamento, que es donde se
toman las decisiones más importantes de la vida del Estado. El
parlamento determina la orientación política del gobierno y la
integración de sus principales órganos. Por eso los partidos pugnan
por alcanzar esa mayoría para dominar, por este medio, el gabinete y
ejercer control sobre la marcha política y administrativa del
Estado. La preponderancia parlamentaria es tal que el jefe del Estado
no puede nombrar como primer ministro a quien no cuente con el
respaldo mayoritario en el congreso ni éste puede proponer la
integración del gabinete sin previa consulta con las fuerzas
parlamentarias.
Las
funciones políticas del presidente están sumamente restringidas y a
su costa se han fortalecido las de los dos órganos que son los que
en realidad gobiernan: el <gabinete y el <primer
ministro. Estos son los órganos superiores efectivos de la
Función Ejecutiva. Al presidente le han quedado muy pocas funciones:
el nombramiento del primer ministro y del gabinete, la dirección de
las relaciones exteriores, la <declaración de guerra y
la conclusión de la paz, la convocación del parlamento, su
disolución a pedido del primer ministro, la >sanción y
<promulgación de las leyes, el ejercicio del derecho
de gracia, la concesión de <amnistías e indultos y
el otorgamiento de honores y distinciones.
El
cargo de primer ministro tiene una importancia fundamental en esta
forma de gobierno, porque es la clave del gabinete y el centro de
coordinación política. Aunque formalmente su nombramiento proviene
del presidente, en la práctica hay una serie de factores que lo
condicionan. El primer ministro debe pertenecer a las fuerzas
políticas mayoritarias en el parlamento o al menos tener el respaldo
de éstas, que a su vez resultan de una elección popular en cuyo
desarrollo influyen no sólo el prestigio de él —de quien de
antemano se sabe que sería nombrado primer ministro en caso de ganar
las elecciones— sino la fuerza del propio partido al que
pertenece. El sistema es complejo. Las agrupaciones políticas
contendientes ponen en conocimiento del electorado el nombre de la
persona que, en caso de triunfar, ocuparía el cargo de
primer ministro. Los ciudadanos, al votar por un partido, saben que
votan por un primer ministro. Si ese partido, en solitario o en
alianza, alcanza la mayoría de escaños en el parlamento, lo primero
que hace es pedir al presidente el nombramiento de su líder como
jefe del gobierno.
Este
nombramiento, por tanto, si bien está formalmente encomendado al
presidente, depende directamente del resultado de las elecciones, las
que a su vez dependen en mucho del prestigio del leader que
cada uno de los partidos exhibe para premier.
Entre
las amplias facultades que tiene el primer ministro está la de
proponer al presidente de la República el nombramiento de los
miembros del gabinete, como secretarios de Estado. De modo que la
integración de este órgano está prácticamente en manos del primer
ministro. Por cierto, las personas llamadas a integrarlo deben
pertenecer a las filas de los partidos de mayoría en el parlamento,
puesto que para ejercer sus cargos precisan contar permanentemente
con la confianza de los parlamentarios.
La
condición constitucional de los ministros de Estado es distinta en
los regímenes presidencial y parlamentario. En el primero ellos
tienen la calidad de secretarios del presidente, quien los nombra y
remueve a su arbitrio. Fuera del juicio político
—el impeachment, del sistema constitucional
norteamericano— no tienen mayores relaciones con el congreso.
En el régimen parlamentario, en cambio, aunque ellos son nombrados y
removidos por el presidente, su designación no es libre: obedece a
la correlación de fuerzas políticas en el congreso. Y basta un voto
de desconfinaza aprobado en cualquier momento por la mayoría
para que ellos tengan que dimitir.
Es
cierto que el presidente conserva la facultad, en estos casos, de
disolver el parlamento y convocar nuevas elecciones. Esta es una
forma de entregar al electorado la dirimencia de un conflicto entre
el poder ejecutivo y el legislativo. Los electores pueden ratificar
con sus votos la actual composición de fuerzas políticas en el
congreso o pueden modificarla. Lo cual abre para el gabinete la
posibilidad de recobrar la confianza perdida y seguir adelante con su
plan de gobierno.
Fuentes:
http://www.definicionabc.com/general/monarquia-absoluta.php
http://www.enciclopediadelapolitica.org/Default.aspx?i=&por=m&idind=1013&termino=
http://www.enciclopediadelapolitica.org/Default.aspx?i=&por=r&idind=1309&termino=
Tal como lo dice su
nombre, la monarquía absoluta es un tipo de gobierno o de organización
política en la cual la persona que tiene el poder lo concentra todo en
su persona, de manera absoluta, negando espacio para otras instituciones
independientes o para la división de poderes, características básica de
la democracia. La monarquía absoluta es un modo de asegurar que el
poder no se dividirá entre varios estados, esferas o poderes y de ese
modo asegurar que la persona a cargo del poder será la única responsable
de tomar las decisiones. Si bien siempre han existido diversas formas
de este tipo de gobierno incluso hasta la actualidad, el período de
mayor desarrollo de esta forma de gobierno en Occidente fue desde la
segunda mitad del siglo XVII y todo el siglo XVIII especialmente en
Francia con Luis XIV y sus sucesores.
La monarquía absoluta
establece que solo el monarca de turno es el único capaz de tomar
decisiones y gobernar la región en cuestión. Para asegurar que esto sea
respetado, la monarquía absoluta solía utilizar la noción de derecho
divino, la cual supone que el rey recibe el poder del mismísimo Dios y
no del pueblo. Esto significa que no hay nadie que pueda cuestionar su
poder ya que él se erige por sobre el resto de los habitantes y además
es el rey el único representante de Dios en la Tierra. Especialmente
esta idea sería la que empezaría a entrar en crisis con los nuevos
planteos filosóficos del siglo XVIII conocidos como la Ilustración que
terminaron llevando a Francia a la famosa Revolución Francesa.
Para
la monarquía absoluta no hay posibilidad de que exista otro poder que
no sea el del rey. Así, también se niega la idea de división de poderes
porque se considera que los mismos pueden convertirse en un obstáculo
para aquel que gobierna. El rey sí puede contar con ministros, ayudantes
y funcionarios a su cargo que realizan y ejecutan sus decisiones y
medidas pero estos nunca tienen un rol predominante sino solamente de
consulta o ayuda.
Las monarquías absolutas han sido muy comunes
en toda la historia mundial, tanto en Oriente como en Occidente. Desde
fines de la Edad Media hasta fines del siglo XVIII la monarquía fue la
forma política preponderante en Europa y gran parte de América desde que
esta fue conquistada por los europeos. Si bien Occidente comenzó a
dejar de lado esta idea de poder absoluto a partir de la Revolución
Francesa, algunas regiones de Oriente todavía se organizan bajo la
misma.
... via Definicion ABC http://www.definicionabc.com/general/monarquia-absoluta.php